El 1 de octubre de 2026 entra en vigor una de las medidas más comentadas de la última reforma del Reglamento General de Circulación: los guantes homologados pasan a ser obligatorios para conducir moto en vías interurbanas. Si tienes carnet de moto o estás a punto de sacarlo, esto es exactamente lo que cambia, cuánto es la multa y qué guantes valen y cuáles no.
La norma: Real Decreto 518/2026
El Real Decreto 518/2026 modifica el Reglamento General de Circulación para añadir el uso de guantes de protección homologados como equipamiento obligatorio de motociclistas y ciclomotoristas, junto al ya conocido casco. Entra en vigor el 1 de octubre de 2026, dentro del mismo paquete de reformas que actualiza semáforos, usuarios vulnerables y otras normas de circulación.
El objetivo declarado por la DGT es reducir un tipo de lesión muy concreto y muy frecuente en accidentes de moto: las quemaduras y abrasiones graves en las manos cuando el motorista cae y desliza sobre el asfalto. Las manos, junto con las rodillas, son de las primeras zonas del cuerpo en tocar el suelo en una caída, y sin protección las lesiones pueden ser irreversibles.
¿Dónde es obligatorio: solo carretera o también ciudad?
Aquí está el matiz que genera más dudas. La obligación legal, tal y como está redactada, aplica a vías interurbanas — es decir, carreteras fuera de núcleo urbano. Dentro de ciudad, la ley estatal no lo exige de forma obligatoria, aunque nada impide que algún ayuntamiento lo regule de forma local en el futuro.
Dicho esto, la recomendación de la propia DGT y de cualquier autoescuela de moto es la misma independientemente de la obligación legal: llévalos siempre, también en ciudad. La mayoría de caídas de moto ocurren precisamente en entornos urbanos, a baja velocidad, donde muchos motoristas bajan la guardia pensando que "total, voy despacio".
¿A quién afecta?
- Conductores de motocicletas (con carnet A1, A2 o A) en vías interurbanas
- Conductores de ciclomotores (carnet AM) en vías interurbanas
- Pasajeros de moto y ciclomotor, no solo el conductor
No aplica a los usuarios de VMP (patinetes eléctricos), que tienen su propia normativa independiente.
La multa: 200 € y 2 puntos
Qué norma deben cumplir los guantes
No vale cualquier guante de piel o de tela que tengas en el armario. Para ser legal, el guante debe estar homologado según la norma UNE-EN 13594:2015, la certificación europea específica para guantes de motociclismo. Esta norma evalúa tres aspectos técnicos:
- Resistencia a la abrasión contra el asfalto en caso de deslizamiento
- Resistencia al desgarro de las costuras ante un impacto o tirón brusco
- Protección de los nudillos y articulaciones de la mano frente a golpes
Los guantes homologados llevan una etiqueta interna con el marcado CE y la referencia a la norma EN 13594. Si tu guante no la tiene, en un control de tráfico se considera no homologado, aunque parezca robusto a simple vista.
Qué hacer antes del 1 de octubre
Si sales habitualmente por carretera con la moto, revisa ya la etiqueta interior de tus guantes actuales. Si no tienen el marcado EN 13594, tienes hasta el 1 de octubre para cambiarlos sin que te pille la norma por sorpresa. Existen modelos homologados para todos los presupuestos, desde opciones básicas de verano hasta guantes de invierno con protección reforzada.