Permisos de conducción C1 y C
Para conducir vehículos pesados de mercancías se necesitan permisos específicos:
- Permiso C1: mínimo 18 años. Autoriza a conducir vehículos de mercancías con MMA entre 3.500 kg y 7.500 kg, con un máximo de 9 plazas. Puede arrastrar un remolque de hasta 750 kg. Requiere tener previamente el permiso B. Al obtener el C1, se obtiene automáticamente el B+E.
- Permiso C: mínimo 21 años. Autoriza a conducir vehículos de mercancías con MMA superior a 3.500 kg (sin límite superior), con máximo 9 plazas. También puede arrastrar un remolque de hasta 750 kg. Requiere el permiso B. Al obtener el C, se incluye el C1.
Para arrastrar remolques de más de 750 kg de MMA con vehículos C o C1, se necesita además el permiso C+E o C1+E respectivamente.
Puntos clave
- C1: desde 18 años, MMA 3.500–7.500 kg, requiere permiso B
- C: desde 21 años, MMA >3.500 kg, requiere permiso B
- Ambos permiten remolque hasta 750 kg de MMA
- C1 incluye B+E; C incluye C1
- Para remolques >750 kg se necesita C+E o C1+E
Vigencia del permiso de conducción y renovación
Los permisos de conducción de la categoría C (y C1) tienen una vigencia limitada que varía con la edad del titular:
- Con carácter general: 5 años de validez por renovación.
- A partir de los 65 años: la vigencia se reduce a 3 años por renovación, dado que se requieren reconocimientos médicos con mayor frecuencia para verificar las condiciones psicofísicas del conductor.
La renovación se realiza en centros de reconocimiento de conductores autorizados y exige superar las pruebas psicofísicas (visión, audición, equilibrio, tiempo de reacción, etc.). El conductor es responsable de iniciar el trámite antes de que caduque su permiso, ya que circular con el permiso caducado se considera una infracción grave.
Puntos clave
- Vigencia general: 5 años por renovación
- A partir de 65 años: 3 años por renovación
- Renovación en centros de reconocimiento de conductores
- Requiere superar pruebas psicofísicas
- Circular con permiso caducado: infracción grave
CAP: Certificado de Aptitud Profesional
El CAP (Certificado de Aptitud Profesional) es un requisito adicional al permiso de conducción para quienes ejercen el transporte de forma profesional y remunerada. Es obligatorio para conductores de vehículos C1, C1+E, C, C+E (mercancías) y D, D+E (viajeros).
Están exentos de obtener el CAP los conductores que:
- Conduzcan vehículos con velocidad máxima no superior a 45 km/h.
- Utilicen el vehículo para uso militar, policial, de bomberos o protección civil.
- Realicen pruebas en carretera para reparaciones o fines técnicos.
- Transporten material o equipamiento de su propia actividad profesional, siempre que conducir no sea la actividad principal.
- Realicen transporte privado no comercial.
El CAP se obtiene mediante una formación inicial de 280 horas (o 140 h con examen acelerado) y se renueva con cursos periódicos de 35 horas cada 5 años.
Puntos clave
- CAP: obligatorio para conductores profesionales de C, C+E, D, D+E
- Exentos: uso no comercial, militar, policía, velocidad ≤45 km/h
- Formación inicial: 280 horas (o 140 h con examen acelerado)
- Renovación: 35 horas de formación cada 5 años
- Sin CAP vigente: infracción muy grave
Documentación obligatoria del vehículo
El conductor de un vehículo pesado debe llevar a bordo y presentar cuando sea requerido la siguiente documentación del vehículo:
- Permiso de circulación: acredita la identidad del vehículo, su titular y sus características técnicas básicas.
- Tarjeta de Inspección Técnica (ITV): certifica que el vehículo ha superado la revisión técnica periódica y está en condiciones de circular.
- Seguro obligatorio de responsabilidad civil: cubre los daños a terceros (personas y bienes) derivados del uso del vehículo en la vía pública.
- Tarjeta de transporte: necesaria cuando el vehículo realiza transporte público de mercancías por cuenta ajena. No es necesaria para transporte privado.
Si el vehículo arrastra un remolque no ligero, este debe llevar su propio permiso de circulación, tarjeta ITV y seguro.
Puntos clave
- Permiso de circulación: identidad y características del vehículo
- Tarjeta ITV: acredita la revisión técnica superada
- Seguro obligatorio: cubre daños a terceros
- Tarjeta de transporte: obligatoria en transporte público por cuenta ajena
- Remolques no ligeros: deben llevar su propia documentación
Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en pesados
Los vehículos pesados están sometidos a una periodicidad de inspección técnica más exigente que los turismos:
- Vehículos con MMA superior a 3.500 kg: inspección anual durante los primeros 10 años de antigüedad.
- A partir de los 10 años de antigüedad: inspección semestral (cada 6 meses).
Las inspecciones de carretera pueden ser realizadas por agentes de tráfico en cualquier punto de la vía pública. El inspector puede verificar tanto la documentación del conductor y del vehículo como el estado técnico del mismo (frenos, neumáticos, luces, limitador de velocidad, tacógrafo, etc.).
Un vehículo que no supera la ITV no puede circular y debe ser llevado al taller. Circular sin ITV vigente es una infracción grave que puede derivar en la inmovilización del vehículo.
Puntos clave
- MMA >3.500 kg: ITV anual hasta los 10 años de antigüedad
- Más de 10 años: ITV semestral (cada 6 meses)
- Los agentes pueden realizar inspecciones técnicas en carretera
- Sin ITV vigente: infracción grave + posible inmovilización
- Se verifican frenos, luces, neumáticos, tacógrafo y documentación
Sistema de puntos: asignación y pérdida
El permiso de conducción por puntos asigna un saldo inicial según la situación del conductor:
- 12 puntos: conductores con más de 2 años de antigüedad del permiso sin pérdidas previas.
- 8 puntos: conductores con menos de 2 años de permiso o que han recuperado el permiso tras perder todos los puntos.
- Hasta 15 puntos: se pueden acumular hasta 3 puntos adicionales (2+1) si se superan 3 años consecutivos sin perder ningún punto.
Las infracciones restan puntos en función de su gravedad. Algunas infracciones muy graves, como conducir con una tasa de alcohol muy superior al límite o superar en más de 60 km/h la velocidad máxima, pueden suponer la pérdida de 6 puntos de una sola vez.
Puntos clave
- Saldo inicial: 12 puntos (general) o 8 puntos (nuevo o recuperado)
- Máximo alcanzable: 15 puntos tras 3 años sin pérdidas (+2 y luego +1)
- Las infracciones restan puntos según su gravedad
- Infracciones muy graves: pueden restar hasta 6 puntos de golpe
- A 0 puntos: pérdida del permiso de conducción
Recuperación de puntos y pérdida total del permiso
Existen dos vías para recuperar puntos sin haber llegado a perderlos todos:
- Recuperación automática: tras 2 años sin cometer ninguna infracción que reste puntos, se recuperan todos los puntos hasta el saldo inicial (12 puntos). El plazo es de 3 años si la última infracción fue muy grave.
- Curso de sensibilización: un curso de 12 horas en un centro autorizado permite recuperar hasta 6 puntos. Solo se puede realizar un curso cada 2 años (1 año para conductores profesionales).
Si el conductor llega a 0 puntos:
- Debe esperar 6 meses (3 meses para conductores profesionales) antes de poder recuperar el permiso.
- Después debe realizar un curso de 24 horas y superar un examen ante la Jefatura de Tráfico.
- Al recuperarlo se obtienen 8 puntos.
Puntos clave
- Recuperación automática: 2 años sin infracciones (3 si hubo muy grave)
- Curso de sensibilización: 12 h → recupera hasta 6 puntos
- Máx un curso cada 2 años (1 año para conductores profesionales)
- Pérdida total: 6 meses de espera (3 para profesionales) + curso 24 h + examen
- Al recuperar tras pérdida total: se obtienen 8 puntos