Qué es el tacógrafo y quién debe llevarlo
El tacógrafo es un dispositivo de registro homologado que controla los tiempos de conducción, descanso y otras actividades del conductor. Su objetivo es garantizar el cumplimiento de la normativa de tiempos de trabajo y prevenir accidentes por fatiga.
Está regulado por el Reglamento CE 561/2006 y es obligatorio en:
- Vehículos de transporte de mercancías cuya MMA (incluyendo el remolque o semirremolque) supere los 3.500 kg.
- Vehículos de transporte de viajeros con capacidad para más de 9 personas, incluido el conductor.
Existen tipos de tacógrafo: el analógico (obsoleto, con disco de papel), el electrónico (también con disco de diagrama) y el digital (el más extendido actualmente, que funciona con tarjeta del conductor).
Puntos clave
- Controla y registra los tiempos de conducción y descanso
- Obligatorio en vehículos de mercancías >3.500 kg MMA total
- Obligatorio en vehículos de viajeros con >9 plazas (incluido conductor)
- Regulado por el Reglamento CE 561/2006
- Tipos: analógico (disco papel), electrónico (disco diagrama), digital (tarjeta)
Tarjetas del tacógrafo digital
El tacógrafo digital funciona con cuatro tipos de tarjetas inteligentes, identificadas por color y función:
- Tarjeta de conductor (blanca): personal e intransferible. Validez por 5 años. El conductor la introduce en la ranura 1 del tacógrafo para registrar sus actividades. Solo puede tener una tarjeta vigente en circulación.
- Tarjeta de empresa (amarilla): permite a la empresa acceder a los datos almacenados en el tacógrafo del vehículo. Validez 5 años.
- Tarjeta del centro de ensayo o taller (roja): para calibración, instalación y revisión del tacógrafo. Validez 1 año.
- Tarjeta de control o inspección (azul): usada por agentes de tráfico y autoridades para acceder a los datos de control. Sin caducidad ordinaria establecida.
Puntos clave
- Blanca (conductor): personal, 5 años de validez
- Amarilla (empresa): acceso a datos del vehículo, 5 años
- Roja (taller): calibración e instalación, 1 año
- Azul (control): uso por inspectores y agentes de tráfico
- Un conductor solo puede tener una tarjeta vigente simultáneamente
Tiempos de conducción: límites diarios y semanales
El Reglamento CE 561/2006 establece los siguientes límites para los tiempos de conducción:
- Conducción continua máxima: 4 horas y 30 minutos. Tras ese período, es obligatorio hacer una pausa de al menos 45 minutos. Esta pausa puede dividirse en dos: la primera de al menos 15 minutos y la segunda de 30 minutos, en ese orden.
- Conducción diaria máxima: 9 horas. Se puede ampliar a 10 horas un máximo de dos veces por semana.
- Conducción semanal máxima: 56 horas en 6 días consecutivos.
- Conducción bisemanal máxima: 90 horas en dos semanas consecutivas.
Puntos clave
- Máximo continuo: 4,5 h → pausa obligatoria de 45 min
- La pausa puede dividirse: ≥15 min + 30 min (en ese orden)
- Conducción diaria: máx 9 h (hasta 10 h, máx 2 veces/semana)
- Semanal: máx 56 h en 6 días
- Bisemanal: máx 90 h en 2 semanas
Descansos diarios y semanales
Los periodos de descanso son tan importantes como los límites de conducción:
- Descanso diario normal: mínimo 11 horas consecutivas.
- Descanso diario reducido: puede acortarse a 9 horas, un máximo de 3 veces entre dos descansos semanales consecutivos (no es necesario compensar).
- Descanso diario fraccionado: puede tomarse en dos períodos: el primero de al menos 3 horas y el segundo de al menos 9 horas, en ese orden, sumando un mínimo de 12 horas.
- Descanso semanal normal: mínimo 45 horas consecutivas.
- Descanso semanal reducido: puede acortarse a un mínimo de 24 horas, pero la reducción debe compensarse íntegramente en un único bloque antes del final de la tercera semana siguiente.
Puntos clave
- Descanso diario normal: 11 h consecutivas
- Reducido: 9 h (máx 3 veces entre semanas)
- Fraccionado: 3 h + 9 h = 12 h mínimo
- Semanal normal: 45 h consecutivas
- Semanal reducido: mínimo 24 h (compensar la reducción antes de 3 semanas)
Descarga de datos y conducción sin tarjeta
Los datos del tacógrafo digital deben descargarse con una frecuencia mínima establecida para evitar la pérdida de información:
- Tarjeta del conductor: descargar los datos almacenados al menos cada 31 días.
- Unidad de vehículo (tacógrafo instalado): descargar al menos cada 3 meses.
Si el conductor no puede usar su tarjeta (pérdida, robo, avería):
- Puede seguir conduciendo un máximo de 15 días desde la pérdida o deterioro.
- Durante ese tiempo debe imprimir al inicio y al final de cada jornada un registro de actividades del tacógrafo y anotarlo manualmente.
- La tarjeta perdida debe denunciarse y solicitarse una nueva de inmediato.
Puntos clave
- Tarjeta del conductor: descargar cada 31 días como máximo
- Unidad de vehículo: descargar cada 3 meses como máximo
- Sin tarjeta: se puede conducir máx 15 días
- Sin tarjeta: imprimir registros al inicio y fin de cada jornada
- Tarjeta perdida: denunciar y solicitar duplicado de inmediato
Sanciones por incumplimiento del tacógrafo
El incumplimiento de la normativa del tacógrafo puede acarrear sanciones muy severas, clasificadas en tres niveles:
- Infracción leve: entre 301 € y 400 €. Ejemplo: pequeños errores en las anotaciones manuales.
- Infracción grave: entre 1.001 € y 1.500 €. Ejemplo: superar el tiempo de conducción continua, no realizar la pausa obligatoria, no llevar los registros a bordo.
- Infracción muy grave: hasta 6.000 €, con posible inmovilización del vehículo. Ejemplo: manipular o alterar el tacógrafo, superar significativamente los límites de conducción diaria o semanal.
Además, la empresa transportista también puede ser sancionada si los incumplimientos son reiterados o si se demuestra que no ha garantizado el cumplimiento de los tiempos por parte de sus conductores.
Puntos clave
- Leve: 301–400 € (errores menores en anotaciones)
- Grave: 1.001–1.500 € (no respetar pausas, sin registros a bordo)
- Muy grave: hasta 6.000 € + inmovilización del vehículo
- Manipular el tacógrafo: infracción muy grave
- La empresa también puede ser sancionada por incumplimientos sistemáticos