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Normativa

Límite de Alcohol al Volante 2026 — La Rebaja a 0,2 g/l Fue Rechazada

España lleva años debatiendo si endurecer los límites de alcohol al volante. La DGT propuso rebajar el umbral general hasta 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire) para todos los conductores, pero el Congreso rechazó esa propuesta en marzo de 2026. La reforma no se ha publicado en el BOE y, a día de hoy, no está en vigor.

En este artículo te explicamos cuáles son los límites vigentes hoy, qué proponía la reforma rechazada y qué sanciones se aplican si te pillan superando el límite.

⚠️ Estado de la normativa (actualizado)

El Congreso rechazó en marzo de 2026 la propuesta de rebajar el límite general a 0,2 g/l. La reforma no ha entrado en vigor y, salvo que se retome más adelante, siguen aplicándose los límites actuales que detallamos a continuación.

Límites actuales de alcohol al volante en España

La normativa vigente está recogida en el artículo 20 del Real Decreto 1428/2003 (Reglamento General de Circulación) y distingue tres grupos de conductores:

Tipo de conductor Límite en sangre Límite en aire espirado
Conductor general (turismo, moto…) 0,5 g/l 0,25 mg/l
Conductor novel (primeros 2 años de permiso) 0,3 g/l 0,15 mg/l
Profesional: camión >3.500 kg, autobús >9 plazas 0,3 g/l 0,15 mg/l
Transporte escolar, emergencias, mercancías peligrosas 0,3 g/l 0,15 mg/l

Qué proponía la reforma rechazada: 0,2 g/l para todos

El anteproyecto que la DGT llevó al Congreso planteaba un límite único de 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire) para la totalidad de los conductores, sin distinción entre generales, noveles o profesionales. De haber prosperado, habría supuesto:

¿Por qué se planteó este cambio?

La DGT señala que el alcohol está implicado en aproximadamente el 30 % de los accidentes mortales en España. La rebaja buscaba reducir esa cifra y enviar un mensaje claro: alcohol y conducción son incompatibles. Pese al rechazo parlamentario, no se descarta que la propuesta se retome en el futuro.

Por qué no ha entrado en vigor: rechazada en el Congreso

El Congreso de los Diputados rechazó la propuesta el 18 de marzo de 2026, por lo que la reforma no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ni ha modificado el Reglamento General de Circulación. Los límites vigentes siguen siendo los mismos de los últimos años, detallados en la tabla anterior.

Sanciones actuales por superar el límite de alcohol

Con los límites actuales en vigor (no los de la reforma rechazada), estas son las sanciones recogidas en la Ley de Tráfico (LTSV):

Tasa en aire espirado Multa Puntos retirados
Entre 0,15 y 0,30 mg/l (noveles/profesionales fuera de límite) 500 € 4 puntos
Entre 0,25 y 0,30 mg/l (conductor general: sobre límite leve) 500 € 4 puntos
Más de 0,30 mg/l en aire (todos los conductores) 1.000 € 6 puntos
Negativa a someterse a la prueba Delito penal 6 puntos + proceso penal

Todas las infracciones relacionadas con el alcohol al volante se clasifican como muy graves según el artículo 77 de la Ley de Tráfico, lo que implica posibilidad de suspensión cautelar del permiso durante la tramitación del expediente.

Cuándo es delito penal: artículo 379 del Código Penal

Superar el umbral de 0,60 mg/l en aire espirado (equivalente a 1,2 g/l en sangre) convierte la infracción administrativa en un delito contra la seguridad vial:

Si concurre un accidente con víctimas, las penas se agravan considerablemente.

Cómo funciona el control de alcoholemia

El procedimiento está regulado en el artículo 22 del RGC. En la práctica funciona así:

  1. Primera prueba: el conductor sopla en un etilómetro homologado durante varios segundos de forma continua.
  2. Resultado positivo: si supera el límite, el agente solicita una segunda prueba de contraste, con un mínimo de 10 minutos de espera entre ambas.
  3. Contramuestra: si la segunda prueba también es positiva, el conductor tiene derecho a solicitar un análisis de sangre como prueba de contraste. Este derecho debe ejercerse en el momento; no puede reclamarse después.
  4. Valor probatorio: los resultados del etilómetro oficial tienen plena validez en procedimientos administrativos y penales.

Mito frecuente: café, agua y chicle no sirven

Tomar café, beber agua o masticar chicle antes de soplar no reduce la tasa de alcoholemia. Solo el tiempo elimina el alcohol del organismo: aproximadamente entre 0,10 y 0,15 g/l por hora. No existe ningún truco que funcione.

Impacto en conductores profesionales (camiones y autobuses)

Los conductores profesionales —camiones de más de 3.500 kg de MMA, autobuses, transporte escolar y de emergencias— tienen actualmente un límite más restrictivo de 0,3 g/l. Con la nueva normativa, su límite bajaría igualmente a 0,2 g/l, igualándose con el resto de conductores en el umbral más bajo.

Esto tiene especial relevancia para quienes se preparan el Carnet C o el CAP: las preguntas sobre tasas de alcohol en el examen teórico reflejarán los nuevos límites una vez que la normativa entre en vigor.

Derecho a contramuestra: cómo ejercerlo

Si el resultado del etilómetro te sorprende y consideras que es incorrecto, tienes derecho a solicitar un análisis de sangre como prueba de contraste. Para ejercer este derecho:

Consejo práctico

La única estrategia 100 % segura es no beber nada de alcohol antes de conducir. Con el límite propuesto de 0,2 g/l, incluso una sola consumición puede suponer superar el umbral en función de las circunstancias personales.

Preguntas de examen relacionadas con el alcohol

El tema del alcohol al volante aparece de forma recurrente en los exámenes teóricos de la DGT, tanto para el Carnet B como para el C. Los puntos que más preguntan:

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Escrito y revisado por Iván Ertel

Fuentes: DGT, Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) · Última actualización: 13 de septiembre de 2026

Preguntas frecuentes

No. El Congreso rechazó esa propuesta el 18 de marzo de 2026, por lo que nunca se publicó en el BOE ni entró en vigor. Los límites actuales siguen siendo 0,5 g/l para conductores generales y 0,3 g/l para noveles y profesionales.
No hay una fecha confirmada. La DGT no ha descartado retomar la propuesta más adelante, pero de momento no hay ningún nuevo trámite legislativo en marcha para rebajar el límite general de alcoholemia.
Entre 0,15 y 0,30 mg/l en aire: 500 € y 4 puntos. Por encima de 0,30 mg/l: 1.000 € y 6 puntos. A partir de 0,60 mg/l en aire, es delito penal con posibles penas de prisión e inhabilitación.
Sí. Tienes derecho a solicitar una contramuestra mediante análisis de sangre, pero debes pedirlo en el momento de la actuación policial. No puedes reclamarlo después de haber firmado la denuncia.